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Registro público de las revisiones importantes que hacemos en el contenido de ApruebaCaza: qué cambiamos, cuándo y con qué fuente oficial. Lo mantenemos abierto por transparencia — la normativa de caza y armas cambia cada temporada y queremos que veas de dónde sale cada dato.

Última revisión de esta página: .

  1. Calendario de vedas

    Canarias ya sigue la orden 2026-2027, y la codorniz solo se caza en El Hierro

    El calendario canario seguía montado sobre la orden de la temporada pasada y lo hemos contrastado isla a isla con la de este año. Lo más gordo era la codorniz: la situábamos sobre todo en Gran Canaria, y esta temporada solo se captura en El Hierro, seis domingos entre el 13 de septiembre y el 18 de octubre; en Tenerife se puede salir con el perro, pero sin cobrar ninguna. La tórtola europea no figura entre las especies cazables del archipiélago, así que ya no te sugerimos consultar a tu Cabildo: no se caza. También estaban mal los días de Lanzarote, donde el conejo va en jueves y domingo y no solo en domingo, y los cupos de Fuerteventura (3 conejos o 3 perdices, no 2) y Lanzarote (4 conejos, no 3). Añadimos la perdiz roja de Gran Canaria, que no aparecía, y corregimos la paloma bravía, que en La Palma se caza desde el 2 de agosto. La caza mayor del arruí y el muflón la regulan los Cabildos con instrumentos propios que aún no hemos revisado, y así lo decimos en la ficha.

  2. Plataforma

    Si eres cliente de Movistar, las fotos y los audios no te cargaban: hemos cambiado de servidor

    Las fotos de especies y los audiocursos se servían desde un proveedor externo que la red de Movistar no alcanzaba: si navegabas con ellos, las fichas salían sin imagen y los audios no arrancaban, sin ningún aviso que lo explicara. Lo hemos movido al mismo servidor que ya aloja la web. No sabemos a cuánta gente le pasó ni durante cuánto tiempo — un navegador que no consigue cargar una imagen no nos avisa de nada.

  3. Cursos

    El audio de legislación de Cataluña explicaba la ley de Castilla y León

    El episodio de legislación del curso libre de Cataluña citaba «la Ley de Caza de Castilla y León, en su artículo 43» y repetía la fórmula veintiséis veces, subiendo de artículo. No era un dato desactualizado: era la norma de otra comunidad dentro del curso catalán. Las lecciones de origen estaban bien —ninguna la menciona—, así que el error se coló al redactar el guion. Episodio regenerado entero, y desde ahora ningún guion puede recitar el número de una ley autonómica: si lo intenta, no se publica.

  4. Cursos

    Castilla-La Mancha, verificada: la práctica no dura 45 minutos y es más exigente de lo que se cuenta

    Castilla-La Mancha era la última comunidad cuyo formato de examen seguía marcado como no verificado: el buscador del DOCM no carga desde fuera y lo dimos por inaccesible. La Orden de 27/02/2015 —que es la norma que regula el examen— confirma los cinco datos que teníamos de fuentes de terceros: 30 preguntas con cuatro respuestas, una hora, 20 aciertos y sin penalización. Pero desmiente uno que también publicábamos: la parte práctica no dura 45 minutos, sino hasta una hora, igual que la teórica. Y sobre esa práctica ahora podemos contar lo que la orden detalla y nadie contaba: son 20 identificaciones —once especies cinegéticas, una exótica objeto de control, cinco especies protegidas y tres armas reglamentadas— mediante ejemplares, trofeos, vídeos, fotos o dibujos, y se aprueba acertando 15. Solo se accede a ella con la teórica superada, y una teórica aprobada se guarda únicamente para la convocatoria siguiente, no indefinidamente como en otras comunidades. Desde 2023 existe además la vía del curso de formación (Orden 142/2023), cuya prueba final se reconoce como la propia prueba de aptitud. También corregimos la tasa: la prueba de aptitud cuesta 13,06 euros según el cuadro oficial de tasas de la Consejería, no los 20-25 que decíamos. Con esto, las diecisiete comunidades tienen su formato de examen respaldado por fuente oficial o marcado honestamente como pendiente de implantar.

  5. Cursos

    El examen de Murcia sí penaliza: cada 3 fallos restan un acierto, y lo decíamos al revés

    Murcia era la única comunidad cuyo formato de examen no tenía respaldo en ninguna fuente, ni oficial ni de terceros, y sus cifras iban marcadas como sin verificar. Ya no: la Resolución de la convocatoria de 2026, publicada en el BORM de 19 de febrero, detalla el formato completo — y desmiente varias cosas que dábamos por buenas. La más importante, para quien se presente: el examen murciano SÍ penaliza. Cada 3 respuestas incorrectas restan un acierto, y nosotros decíamos que los errores no penalizaban y que convenía contestar a todo. Con cuatro opciones, responder al puro azar ni suma ni resta: contesta cuando puedas descartar alguna opción y deja en blanco lo demás, que el blanco no descuenta. El resto del formato real: dos cuestionarios de 30 preguntas cada uno —teórico y práctico de identificación con fotografías o dibujos de especies, trofeos y armas—, 60 minutos por cuestionario (decíamos que la duración no se publicaba), y cada parte se supera con 7 puntos sobre 10. Hay además un detalle único en España: el curso voluntario de formación aporta 2 de esos puntos en cada parte. Las preguntas salen del Manual para las pruebas de aptitud, que es público, y si apruebas solo una parte la conservas para la siguiente convocatoria. También corregimos la tasa —son 10 euros, no los 28 que decíamos— y las convocatorias: son tres al año, no dos. Las de 2026: 15 de abril, 23 de septiembre y 18 de noviembre, a las 18:00.

  6. Cursos

    La licencia interautonómica no vale en Navarra ni en Cantabria, y lo estábamos diciendo al revés

    Si cazas en Navarra o en Cantabria, esto te afecta antes de salir al campo: decíamos que la licencia interautonómica de caza sirve allí, y no sirve. El convenio lo firman diez comunidades —Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y la Comunitat Valenciana— y ni Navarra ni Cantabria están entre ellas. Para cazar en Navarra hace falta la licencia foral, y en Cantabria la autonómica. Presentarse con la interautonómica es cazar sin licencia. Cataluña tampoco firma el convenio, y además afirmábamos que tiene acuerdos bilaterales con Aragón, Valencia y Baleares: no hemos encontrado fuente de eso y lo hemos quitado. En Cantabria corregimos dos cosas más. Decíamos que su adhesión al convenio se aprobó junto con el examen del cazador, y el convenio publicado en marzo no la recoge. Y publicábamos un formato de examen «previsible» —30 preguntas, 30 minutos, 20 aciertos— copiado de comunidades vecinas, con una nota al pie avisando de que era orientativo; lo hemos quitado, porque una cifra con nota al pie se estudia igual que una sin ella. Cantabria aprobó implantar la prueba en 2026 pero el reglamento que fijará el formato sigue pendiente de publicarse en el BOC, y hasta entonces no hay nada que estudiar ahí. Lo mismo en Baleares, donde ningún Consell Insular publica el formato.

  7. Cursos

    Las palomas turqué y rabiche no tienen cupo: su captura es delito

    El audio de legislación de Canarias decía que la paloma turqué y la paloma rabiche «figuran vedadas o con cupos estrictos». Son dos endemismos macaronésicos estrictamente protegidos y su captura es delito, como avisa nuestro propio calendario de vedas canario. La frase dejaba abierta la puerta a que existiera un cupo para dos especies con las que no lo hay. Corregido en el audio y en la lección, con el aviso de identificar bien la bravía antes de disparar en laurisilva.

  8. Licencia de armas D

    La licencia de armas no dura cinco años siempre: las renovaciones son de tres

    Veinte audios decían que la licencia de armas tiene una validez de cinco años, sin más. Nuestro propio temario lista esa frase como su error número uno: la primera concesión sí vale cinco años, pero desde la reforma del Real Decreto 726/2020 las renovaciones posteriores pasan a tres, con psicotécnico y sin volver a examinarse. Corregido en los veinte.

  9. Cursos

    Tres normas mal citadas: un decreto andaluz que no existe, una ley madrileña que no es de caza y un reglamento valenciano que tampoco

    El audio de Andalucía atribuía el desarrollo de la Ley 8/2003 a un «Decreto 232/2007» que no aparece en ningún sitio: es el Decreto 126/2017. El de Madrid llamaba a la Ley 2/1991 «de Protección de los Animales Domésticos y de la Caza», fundiendo dos normas distintas —la 2/1991 es de protección de la fauna y flora silvestres y no es una ley de caza, y la 1/1990 es la de animales domésticos—, un error del que la propia lección avisa. Y el de Valencia llamaba «Reglamento de Caza» al Decreto 50/1994, que regula los planes de ordenación cinegética en zonas de régimen especial; la Comunitat no tiene reglamento general. Las tres corregidas, y la mnemotecnia de Madrid reescrita, porque fijaba el error.

  10. Cursos

    Los importes de las multas salen de los audios, y una regla de memoria inventada con ellos

    Veinticuatro audios narraban cuantías concretas de sanción. Las multas se revisan con cada reforma y un MP3 no se corrige sin volver a grabarlo, así que ahora el audio explica el escalón —leve, grave, muy grave— y la cuantía vive donde puede actualizarse. De paso salieron dos errores más: once audios de sanidad usaban una regla de memoria con una palabra que no existe en español y que además invertía qué enfermedad afecta al conejo y cuál a la cabra montés, sustituida por la frase que ya usaba el temario; y trece decían que el corzo tiene berrea, cuando la berrea es del ciervo y el celo del corzo se llama ladra.

Estas son las últimas revisiones. El registro completo está por meses, más abajo.

Verificamos los datos de normativa (vedas, armas, seguridad alimentaria) contra boletines oficiales y organismos competentes. Si detectas algo desactualizado, escríbenos a soporte y lo revisamos.