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Registro público de las revisiones importantes que hacemos en el contenido de ApruebaCaza: qué cambiamos, cuándo y con qué fuente oficial. Lo mantenemos abierto por transparencia — la normativa de caza y armas cambia cada temporada y queremos que veas de dónde sale cada dato.

Última revisión de esta página: .

  1. Cursos

    Castilla-La Mancha, verificada: la práctica no dura 45 minutos y es más exigente de lo que se cuenta

    Castilla-La Mancha era la última comunidad cuyo formato de examen seguía marcado como no verificado: el buscador del DOCM no carga desde fuera y lo dimos por inaccesible. La Orden de 27/02/2015 —que es la norma que regula el examen— confirma los cinco datos que teníamos de fuentes de terceros: 30 preguntas con cuatro respuestas, una hora, 20 aciertos y sin penalización. Pero desmiente uno que también publicábamos: la parte práctica no dura 45 minutos, sino hasta una hora, igual que la teórica. Y sobre esa práctica ahora podemos contar lo que la orden detalla y nadie contaba: son 20 identificaciones —once especies cinegéticas, una exótica objeto de control, cinco especies protegidas y tres armas reglamentadas— mediante ejemplares, trofeos, vídeos, fotos o dibujos, y se aprueba acertando 15. Solo se accede a ella con la teórica superada, y una teórica aprobada se guarda únicamente para la convocatoria siguiente, no indefinidamente como en otras comunidades. Desde 2023 existe además la vía del curso de formación (Orden 142/2023), cuya prueba final se reconoce como la propia prueba de aptitud. También corregimos la tasa: la prueba de aptitud cuesta 13,06 euros según el cuadro oficial de tasas de la Consejería, no los 20-25 que decíamos. Con esto, las diecisiete comunidades tienen su formato de examen respaldado por fuente oficial o marcado honestamente como pendiente de implantar.

  2. Cursos

    El examen de Murcia sí penaliza: cada 3 fallos restan un acierto, y lo decíamos al revés

    Murcia era la única comunidad cuyo formato de examen no tenía respaldo en ninguna fuente, ni oficial ni de terceros, y sus cifras iban marcadas como sin verificar. Ya no: la Resolución de la convocatoria de 2026, publicada en el BORM de 19 de febrero, detalla el formato completo — y desmiente varias cosas que dábamos por buenas. La más importante, para quien se presente: el examen murciano SÍ penaliza. Cada 3 respuestas incorrectas restan un acierto, y nosotros decíamos que los errores no penalizaban y que convenía contestar a todo. Con cuatro opciones, responder al puro azar ni suma ni resta: contesta cuando puedas descartar alguna opción y deja en blanco lo demás, que el blanco no descuenta. El resto del formato real: dos cuestionarios de 30 preguntas cada uno —teórico y práctico de identificación con fotografías o dibujos de especies, trofeos y armas—, 60 minutos por cuestionario (decíamos que la duración no se publicaba), y cada parte se supera con 7 puntos sobre 10. Hay además un detalle único en España: el curso voluntario de formación aporta 2 de esos puntos en cada parte. Las preguntas salen del Manual para las pruebas de aptitud, que es público, y si apruebas solo una parte la conservas para la siguiente convocatoria. También corregimos la tasa —son 10 euros, no los 28 que decíamos— y las convocatorias: son tres al año, no dos. Las de 2026: 15 de abril, 23 de septiembre y 18 de noviembre, a las 18:00.

  3. Cursos

    La licencia interautonómica no vale en Navarra ni en Cantabria, y lo estábamos diciendo al revés

    Si cazas en Navarra o en Cantabria, esto te afecta antes de salir al campo: decíamos que la licencia interautonómica de caza sirve allí, y no sirve. El convenio lo firman diez comunidades —Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y la Comunitat Valenciana— y ni Navarra ni Cantabria están entre ellas. Para cazar en Navarra hace falta la licencia foral, y en Cantabria la autonómica. Presentarse con la interautonómica es cazar sin licencia. Cataluña tampoco firma el convenio, y además afirmábamos que tiene acuerdos bilaterales con Aragón, Valencia y Baleares: no hemos encontrado fuente de eso y lo hemos quitado. En Cantabria corregimos dos cosas más. Decíamos que su adhesión al convenio se aprobó junto con el examen del cazador, y el convenio publicado en marzo no la recoge. Y publicábamos un formato de examen «previsible» —30 preguntas, 30 minutos, 20 aciertos— copiado de comunidades vecinas, con una nota al pie avisando de que era orientativo; lo hemos quitado, porque una cifra con nota al pie se estudia igual que una sin ella. Cantabria aprobó implantar la prueba en 2026 pero el reglamento que fijará el formato sigue pendiente de publicarse en el BOC, y hasta entonces no hay nada que estudiar ahí. Lo mismo en Baleares, donde ningún Consell Insular publica el formato.

  4. Cursos

    Las palomas turqué y rabiche no tienen cupo: su captura es delito

    El audio de legislación de Canarias decía que la paloma turqué y la paloma rabiche «figuran vedadas o con cupos estrictos». Son dos endemismos macaronésicos estrictamente protegidos y su captura es delito, como avisa nuestro propio calendario de vedas canario. La frase dejaba abierta la puerta a que existiera un cupo para dos especies con las que no lo hay. Corregido en el audio y en la lección, con el aviso de identificar bien la bravía antes de disparar en laurisilva.

  5. Licencia de armas D

    La licencia de armas no dura cinco años siempre: las renovaciones son de tres

    Veinte audios decían que la licencia de armas tiene una validez de cinco años, sin más. Nuestro propio temario lista esa frase como su error número uno: la primera concesión sí vale cinco años, pero desde la reforma del Real Decreto 726/2020 las renovaciones posteriores pasan a tres, con psicotécnico y sin volver a examinarse. Corregido en los veinte.

  6. Cursos

    Tres normas mal citadas: un decreto andaluz que no existe, una ley madrileña que no es de caza y un reglamento valenciano que tampoco

    El audio de Andalucía atribuía el desarrollo de la Ley 8/2003 a un «Decreto 232/2007» que no aparece en ningún sitio: es el Decreto 126/2017. El de Madrid llamaba a la Ley 2/1991 «de Protección de los Animales Domésticos y de la Caza», fundiendo dos normas distintas —la 2/1991 es de protección de la fauna y flora silvestres y no es una ley de caza, y la 1/1990 es la de animales domésticos—, un error del que la propia lección avisa. Y el de Valencia llamaba «Reglamento de Caza» al Decreto 50/1994, que regula los planes de ordenación cinegética en zonas de régimen especial; la Comunitat no tiene reglamento general. Las tres corregidas, y la mnemotecnia de Madrid reescrita, porque fijaba el error.

  7. Cursos

    Los importes de las multas salen de los audios, y una regla de memoria inventada con ellos

    Veinticuatro audios narraban cuantías concretas de sanción. Las multas se revisan con cada reforma y un MP3 no se corrige sin volver a grabarlo, así que ahora el audio explica el escalón —leve, grave, muy grave— y la cuantía vive donde puede actualizarse. De paso salieron dos errores más: once audios de sanidad usaban una regla de memoria con una palabra que no existe en español y que además invertía qué enfermedad afecta al conejo y cuál a la cabra montés, sustituida por la frase que ya usaba el temario; y trece decían que el corzo tiene berrea, cuando la berrea es del ciervo y el celo del corzo se llama ladra.

  8. Licencia de armas D

    El Reglamento de Armas tiene nueve categorías, no cuatro: corregido en trece audios y en el banco de preguntas

    Trece audios del bloque de armas y munición abrían diciendo que la clasificación oficial divide las armas en «cuatro grandes grupos», con una regla para recordarlos que además se contradecía sola: incluía «rayadas» y «carabinas» como grupos distintos cuando una carabina es un arma rayada. El artículo 3 del Reglamento de Armas establece nueve categorías desde la reforma del Real Decreto 726/2020, que es lo que ya decía nuestro propio temario escrito. También decían «categoría D», que no existe: la D es la licencia del titular, no la categoría del arma —confundir las dos es justo la trampa que el temario avisa de evitar—. Y en el banco de preguntas, una explicación situaba los revólveres en la 2.ª categoría (son 1.ª, junto a las pistolas) y el aire comprimido en la 7.ª (la 7.ª es el cajón de ballestas, arcos, Flobert y armas anestésicas). Todo corregido, y los audios afectados regenerados.

  9. Cursos

    El plomo también está prohibido a cien metros del humedal, y eso faltaba en trece audios

    Trece audios citaban solo el Real Decreto 581/2001 y se quedaban en que el plomo está prohibido dentro de las zonas húmedas. Desde febrero de 2023 el Reglamento (UE) 2021/57 va más lejos: prohíbe disparar perdigón de plomo en los humedales y en una franja de cien metros alrededor, e incluso llevarlo encima durante la jornada en esos entornos. Quien estudiara con la versión anterior podía creer que a cincuenta metros del agua el plomo era legal, o que tenerlo en el morral nunca es infracción. Añadido a los trece.

  10. Cursos

    La norma de una comunidad ya no se enseña como propia en el curso de otra

    Treinta y dos frases repartidas por doce cursos decían cosas como «el chaleco naranja es obligatorio en Castilla y León» dentro de los cursos de Cataluña, Andalucía, Asturias o Valencia. El origen era una lección común que enunciaba como autonómica una norma que otra lección del mismo tronco ya describía como general. Corregida la lección —lo que arregla también el temario escrito de los diecisiete cursos— y reformuladas las frases: la obligación se enuncia como general y se remite a la orden anual de cada comunidad. Se mantienen los casos donde Castilla y León aparece marcada como ejemplo, que es legítimo. Y en el audio de legislación de seis cursos se citaba la Ley 4/1996 de Castilla y León como vigente: la derogó la Ley 4/2021 hace cinco años.

  11. Cursos

    Extremadura y Navarra sí penalizan los fallos: corregimos el consejo y el formato de examen en trece lecciones

    Si te examinas en Extremadura o en Navarra, esto te cambia la estrategia el día del examen: decíamos que las respuestas erróneas no penalizan y que convenía contestar a todas, y es al revés. En Extremadura cada fallo resta medio punto y hay que alcanzar 15 puntos sobre 30; en Navarra cada fallo resta un tercio. Dejar una en blanco no descuenta en ninguna de las dos, así que lo sensato es contestar lo que domines y dejar en blanco lo que no tengas por dónde coger. El dato correcto ya estaba en la ficha del curso desde agosto, pero la lección seguía diciendo lo contrario. Hemos revisado las lecciones de legislación de las diecisiete comunidades y trece repetían el formato de examen anterior a esa corrección: Aragón anunciaba 30 preguntas de cuatro opciones en 60 minutos cuando son 20 de afirmativo o negativo en 40; Galicia 50 preguntas y 35 aciertos cuando son 60 y 30; Asturias 30 y 21 cuando son 21 y 16; Madrid 20 aciertos en 30 minutos cuando son 15 en la teórica más 8 en la de imágenes; y la Comunitat Valenciana 30 preguntas en 30 minutos cuando son dos cuestionarios de 30 preguntas y una hora cada uno. La lección de Baleares describía un examen completo —30 preguntas, 20 aciertos, tasa de 22 €— cuando ningún Consell Insular publica el formato de la prueba; ahora dice eso mismo. Y hemos quitado de cinco comunidades una sección de preguntas con fotografías que ninguna fuente oficial menciona: Andalucía, Aragón, Asturias, Extremadura y Murcia no tienen esa parte. Donde sí existe va con su número real: Canarias 10, Galicia 20, Madrid 10, la Comunitat Valenciana 30 y Castilla y León 2. La misma corrección alcanza a las preguntas frecuentes de cada curso, que repetían las cifras antiguas y que además son las que Google puede mostrar directamente en los resultados de búsqueda; y a los guiones de los audios, donde el de Extremadura llegaba a decir en voz alta que no se asumiera penalización por error. Los audios se regenerarán en los próximos días: hasta entonces, si escuchas el episodio de legislación de tu comunidad, fíate del texto de la lección.

  12. Cursos

    Aragón no tiene convocatorias: el examen se hace todo el año. Y otras tres correcciones de formato

    Hemos acreditado con fuente primaria el formato del examen en tres comunidades y hemos alineado los test con lo que cada una pregunta de verdad. Lo más útil es para quien se examina en Aragón: decíamos que la convocatoria se publica dos veces al año, en primavera y otoño, y no hay convocatorias. El INAGA permite examinarse durante todo el año, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 con cita previa en Zaragoza, Huesca y Teruel, o directamente en línea, con el certificado de aptitud firmado digitalmente al terminar. Es el examen del cazador más accesible de España y estábamos mandando a la gente a esperar. Además, el examen aragonés no es de opción múltiple: son 20 preguntas que se contestan en afirmativo, en negativo o dejándolas sin respuesta, con 14 aciertos para aprobar y 40 minutos; nuestras 13 preguntas eran de cuatro opciones y ahora son de verdadero o falso. En Madrid, la resolución anual detalla lo que teníamos sin verificar: 30 preguntas con tres opciones —no cuatro—, las 20 primeras sacadas de una batería de 500 y las 10 restantes de reconocimiento de imágenes de fauna madrileña, con 15 y 8 aciertos respectivamente para el apto. En la Comunitat Valenciana, la Orden 13/2015 confirma los cinco datos que llevábamos sin fuente y añade tres que no contábamos: antes del examen hay un curso de 20 horas con un 80 % de asistencia mínima; los dos cuestionarios duran una hora cada uno; y la parte práctica es más exigente que la teórica, con 25 aciertos de 30 frente a 20 de 30. Hay que superar la teórica para poder hacer la práctica, y una teórica aprobada no caduca: en sucesivas convocatorias solo se repite la práctica. También corregimos la edad mínima para la licencia valenciana, que son 14 años cumplidos con autorización escrita si el menor no está emancipado, y no 16 como decía la lección. En total hemos rehecho 62 preguntas de Aragón, Canarias, Galicia, Madrid y la Comunitat Valenciana para que entrenen con el número de opciones de su examen.

  13. Cursos

    Castilla y León: reescribimos la lección de legislación, que se apoyaba en una ley derogada en 2021

    El curso de Castilla y León enseñaba la Ley 4/1996 de Caza como norma de cabecera, y esa ley está derogada desde el 8 de agosto de 2021: la sustituyó la Ley 4/2021, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos. No era una cita de pasada, era la tesis de la lección — incluía una mnemotecnia, «la 4 del 96», construida para que no se olvidara. Al reescribirla contra el texto consolidado aparecieron tres cosas más que dábamos mal. La primera y más importante: el territorio ya no se clasifica en cuatro tipos sino en dos. El artículo 16 solo reconoce terrenos cinegéticos —que son las reservas regionales y los cotos de caza— y terrenos no cinegéticos, donde sencillamente no se puede cazar; los cotos sociales no aparecen ni una sola vez en toda la ley, y los terrenos libres no existen en Castilla y León, que fue además la primera comunidad de España en eliminarlos. La segunda: el número de preguntas del examen no lo fija la ley sino cada convocatoria, así que no es un dato que se estudie, se mira. Y la tercera: la figura que manda en una montería no se llama «responsable» sino organizador, su presencia es obligatoria y el listado que debe llevar incluye a rehaleros, perreros y conductores. Aprovechamos para reordenar el régimen sancionador de forma que se recuerde: las multas son de 200 a 2.000 € las leves, hasta 10.000 € las graves y hasta 100.000 € las muy graves; la prescripción es de cuatro, tres y un año; y además de la multa se indemniza la pieza según el anexo IV, donde un macho de cabra montés son 12.000 €. Corregimos también once opciones de examen de otros bancos que citaban la ley vieja y las referencias legales de nueve lecciones comunes. Y de camino, la lección de Cataluña: citaba la Llei 3/1988 de Protecció dels Animals, cuando el texto en vigor es el Decret legislatiu 2/2008, que refundió aquella junto con la Llei 22/2003 y la 12/2006.

  14. Calendario de vedas

    El País Vasco deja de ser patrón histórico: Álava y Bizkaia, reescritas con sus órdenes forales

    Hace tres días dijimos que el País Vasco se quedaba como estaba porque no íbamos a inventar fechas. Ya no hace falta: hemos contrastado dato a dato la orden de Álava (OF 225/2026) y la de Bizkaia (OF 4194/2026), y el calendario cambia bastante. La liebre era lo peor que teníamos: la dábamos del 12 de octubre al 13 de diciembre y no es ninguna de las dos cosas — Álava la caza del 1 de noviembre al 31 de enero y Bizkaia del 12 de octubre al 31 de diciembre, con cupo de una por día en ambos territorios. El corzo estaba directamente en la temporada equivocada, apuntando a la primavera de 2026; ahora recoge las ventanas reales de 2026-2027, incluidos los recechos de machos hasta el 30 de junio de 2027 en Bizkaia. El jabalí no cierra en febrero: Álava lo alarga hasta el 15 de marzo de 2027. La media veda termina el 20 de septiembre y no el 13, y la codorniz es el gran cambio de la temporada: Álava asume la estrategia estatal de recuperación de la especie, la limita a la media veda con tope de 12 por día y obliga a registrar capturas antes del 1 de octubre, mientras Bizkaia fija 4 por día. También corregimos el conejo (arranca el 15 de agosto, no el 8) y añadimos un dato que faltaba y pesa: en Bizkaia su caza está prohibida en todo el territorio salvo en el coto de Urduña/Ruzabal. El zorro cierra el 31 de enero, no el 28 de febrero. Gipuzkoa sigue pendiente: su web oficial solo publica la orden de 2025-2026, así que ese territorio continúa marcado como patrón histórico sin confirmar.

  15. Calendario de vedas

    Nueve comunidades dejan de ser previsión: ya van con su orden de vedas 2026/2027 publicada

    Hasta hoy, nueve calendarios (Comunidad Valenciana, Castilla y León, Madrid, Galicia, Aragón, Murcia, Cataluña, Navarra y Baleares) se apoyaban en la temporada anterior y en el patrón histórico. Ya están publicadas sus órdenes y hemos reescrito periodos, cupos y modalidades con el texto oficial. Lo que más cambia: en Madrid la caza menor abre el 8 de octubre y cierra el 31 de enero (no el 12 de octubre al 7 de febrero, como circulaba), y la tórtola solo se caza el 22 y 23 de agosto y el 5 y 6 de septiembre. En la Comunidad Valenciana la codorniz queda restringida a la media veda, del 9 de agosto al 13 de septiembre con cupo de 8, y la tórtola a cuatro jornadas; se prohíbe además la caza del porrón común y el silbón europeo toda la temporada. En Castilla y León la media veda llega al 20 de septiembre (decíamos el 13) y hemos convertido a fechas reales todas las reglas móviles del tipo «cuarto domingo de octubre». En Aragón la codorniz solo se caza en media veda, con 17 días por coto y cupo de 20, y la perdiz con reclamo macho no se autoriza salvo estudios científicos: lo teníamos mal. En Murcia la codorniz se reduce a un único día, el 23 de agosto con cupo de 2, y hemos quitado la becada, que no es especie cinegética allí. En Galicia el ciervo pasa a rececho del 13 de septiembre al 17 de octubre y la orden mantiene prohibida la caza del lobo pese a su salida del LESRPE al norte del Duero; la misma corrección aplica a la ficha de Castilla y León. En Cataluña la perdiz cierra el 3 de enero, un mes antes que el resto de la caza menor. En Navarra dejamos claro que no hay un periodo general único: la perdiz y la liebre solo se cazan domingos y festivos desde el 1 de noviembre. Y en Baleares la ficha pasa a ser explícitamente la de Mallorca, con la tórtola cerrándose en tiempo real al agotar los 2.040 ejemplares de cuota insular. El País Vasco se queda como estaba: a día de hoy Gipuzkoa solo tiene publicada la orden de 2025-2026 y no vamos a inventar fechas.

  16. Guías y recursos

    Licencia interautonómica de caza: guía del convenio de las diez comunidades

    Nueva página con el convenio vigente de licencias interautonómicas, publicado en el BOE el 10 de marzo de 2026: qué diez comunidades lo firman (Andalucía y Castilla-La Mancha se incorporaron en esta renovación), los 70 € de tasa, la vigencia de un año, los requisitos y —lo que más se malinterpreta— qué NO sustituye: ni el seguro de responsabilidad civil, ni la licencia de armas, ni los permisos del coto. Al cazador nuevo se le exige haber superado la prueba de aptitud en alguna de las firmantes, así que cada comunidad enlaza a su curso. De paso corregimos la lección de licencia de caza, que seguía describiendo el convenio anterior con siete comunidades y sin Andalucía ni Castilla-La Mancha.

  17. Calendario de vedas

    Andalucía: sustituimos la previsión por la orden de vedas 2026/2027 ya publicada

    Hasta ahora el calendario andaluz era una proyección sobre la resolución de 2025, y en varios sitios no acertaba. Ya está la resolución de 1 de junio de 2026 (BOJA núm. 108) y hemos reescrito los periodos con su Anexo I. Lo que más cambia: la media veda va del 22 de agosto al 27 de septiembre (decíamos 16 de agosto); la caza menor general cierra el 3 de enero, no en febrero; la caza mayor de ciervo, gamo, muflón y jabalí abre el 17 de octubre; los zorzales no entran hasta el 15 de noviembre (el 18 de octubre en la zona costera de Cádiz) y la becada hasta el 1 de noviembre; el conejo se alarga al 29 de noviembre, con cupo de 3 piezas por cazador y día durante todo noviembre, y la liebre llega al 3 de enero con cupo de 2. Las acuáticas cierran el 31 de enero y el entorno de Doñana arranca el 15 de noviembre solo sábados, domingos y festivos. Como novedad de la temporada, se autorizan batidas de corzo entre el 22 de febrero y el 31 de marzo. Recuerda que en Almería el día hábil es el viernes en lugar del jueves.

  18. Calendario de vedas

    Castilla-La Mancha: el calendario pasa a la Orden 83/2026

    Veníamos trabajando sobre la orden de la temporada anterior y su modificación. Ya está publicada la Orden 83/2026, de 9 de junio (DOCM de 12 de junio), y hemos ajustado todos los periodos. La media veda de la codorniz va del 20 de agosto al 15 de septiembre, salvo en los municipios de las comarcas agrarias Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara, donde empieza el 27 de agosto; los días hábiles de media veda son jueves, sábados y domingos. La tórtola europea solo se caza dos jornadas: 22 y 23 de agosto, en cotos autorizados. El periodo general arranca el 8 de octubre y cierra el 8 de febrero en caza menor y el 21 de febrero en caza mayor. La liebre cierra antes, el 25 de enero, con cupo de 2 piezas por cazador y día, y la becada se caza martes, jueves, sábados, domingos y festivos con cupo de 3. La perdiz con reclamo de macho mantiene calendario propio: del 10 de enero al 20 de febrero por debajo de 800 metros y del 23 de enero al 5 de marzo en el resto. La temporada sube un 30 % los cupos de machos de ciervo, corzo y gamo y duplica los de hembras.

Verificamos los datos de normativa (vedas, armas, seguridad alimentaria) contra boletines oficiales y organismos competentes. Si detectas algo desactualizado, escríbenos a soporte y lo revisamos.